Mi madre es hija de español y yo tengo 40 años, nacimos en América: ¿podemos ir a vivir a España?

De Fierro Extranjería

El abuelo español que emigró a Colombia en 1920, tu madre que nació allí y luego se trasladó a EE. UU., el matrimonio con un ciudadano estadounidense, tu nacimiento, y finalmente, las cuatro décadas que llevan viviendo juntas en México.

Hoy, tu madre —ya mayor y viuda— quiere volver a la tierra de su padre. Y tú, su única compañía y sostén, deseas acompañarla. La pregunta es clara: ¿es posible hacerlo de forma legal, desde vuestra situación actual? La respuesta, también: sí, y la ley os ampara.

¿Tu madre puede tener la nacionalidad española de origen aunque nunca haya vivido en España?

Sí. El Código Civil español y el Reglamento de Extranjería reformado por el RD 1155/2024, de 19 de noviembre, reconocen que los hijos de españoles nacidos en el extranjero pueden tener la nacionalidad española de origen, incluso aunque nunca hayan residido en España.

La clave está en acreditar que su padre (tu abuelo), nacido en España en 1920, conservó su nacionalidad española en el momento del nacimiento de tu madre, es decir, que no la perdió por naturalización en Colombia antes de que ella naciera o que no haya renunciado a ella, antes de su nacimiento.

Hay dos posibles escenarios:

- Si tu madre fue inscrita como española en su momento (algo poco frecuente en esa generación), puede que ya sea española sin necesidad de solicitar nada.

- Si nunca gestionó su nacionalidad, puede solicitarla.

 

¿Y tú, con 40 años y nacionalidad estadounidense, puedes obtener residencia legal en España por ser hija de una ciudadana española?

Sí. Aunque seas mayor de edad, si conviven desde siempre, si dependes emocional o económicamente de ella, y si no tienes otra red de apoyo familiar, puedes solicitar una autorización de residencia como familiar de ciudadano español.

Este permiso está previsto en el Reglamento de Extranjería vigente, que protege especialmente la unidad familiar, incluso cuando se trata de familiares mayores de edad, si existe dependencia real y convivencia duradera.

Este tipo de residencia se puede tramitar desde el consulado español en México o, en algunos casos, desde España.

En De Fierro Extranjería, las acompañamos a volver con derecho, dignidad y dirección. No se trata solo de documentos. Se trata de regresar juntas, con raíces y con rumbo.

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